Dice el artículo 41 bis de las ordenanzas municipales:
«Todos los conductores de vehículos adscritos a licencias municipales deberán prestar el servicio aseados y correctamente vestidos y calzados, debiendo llevar prenda superior con mangas, cortas o largas, y como prenda inferior pantalón largo o falda».
A juicio del municipal un taxista infringía esta ordenanza: Llevaba un pirata por debajo de la rodilla, “¿pero qué hay de malo en eso?”, se lamentaba, “A treinta y tantos grados de calor como estamos en Málaga no pensarán que me ponga un pantalón de pana de pinzas”. Le puede caer hasta una multa de hasta 276,47 euros que le vienen muy mal al estar pagando una hipoteca de 1300 euros, sin que al parecer haya dado más detalles personales. Admitió que conocía la normativa e insistió en que, en su opinión, ciertos aspectos son absurdos. «Lo que no veo normal es que haya compañeros que conduzcan con la camisa desabrochada o sin mangas, con bañador e incluso con chanclas. Eso sí da mala imagen, pero no era mi caso. Yo siempre voy bien aseado y afeitado».
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